Ciudadanos Cubanos
Los cubanos nacidos en cuba y que por diversas causas emigraron o estando en viajes temporales se quedaron fuera de Cuba, se plantea que pueden entrar libremente a nuestro pa??s a partir del pasado 1 de junio del 2004.
Sin embargo, la primera vez que vayan a entrar deber??n ir primero al Consulado de Cuba para que le ponga en su pasaporte esa autorizaci??n permanente. A partir del segundo viaje y en lo sucesivo, ya no tendr??n necesidad de ir m??s al Consulado.
En el caso de que un cubano compre un billete de avi??n a cuba y la aerol??nea lo aborde por error, y a su llegada a Cuba sea enviado de regreso Cuba Travel Corporation no corre con NINGUNA responsabilidad. La responsabilidad de viajar sin permiso de entrada corre ESTRICTAMENTE por parte del pasajero.
Aquellos que salieron de Cuba hasta del 31 de diciembre de 1970, pueden viajar a Cuba con su pasaporte norteamericano, mexicano, espa??ol o del pa??s donde se hubiese hecho ciudadano.
Es recomendable que de ser posible lleve consigo durante el viaje alg??n documento que demuestre que usted sali?? de Cuba antes del 31 de diciembre de 1970 o que reside en el pa??s de donde ahora es ciudadano antes de esta fecha, pues la aerol??nea que le transportara a Cuba podr?? pedirle lo demuestre.
Sin embargo, quienes salieron de Cuba a partir del 1 de enero de 1971 deber??n aplicar en el Consulado General de Cuba del pa??s donde reside oficialmente, a fin de tramitar su Pasaporte Cubano.
Tanto en caso de cubanos emigrados como de extranjeros visitando Cuba, es indispensable que porten un pasaporte debidamente actualizado, cuya fecha de vencimiento est?? fijada para no menos de seis meses posteriores al d??a de su entrada en Cuba.
Oficina de Intereses de Cuba en Washington, D.C.
PASAPORTES Y VISAS HUMANITARIAS Y PERMANENTES
Para los cubanos que residen en Estados Unidos y se interesen en sacar pasaportes cubanos nuevos, o renover los que tienen, o aplicar para los permisos permanentes (Vigencia de Viajes), deben siempre aucdir al Consulado de Cuba en Washington, D.C., pues en Canc??n no podemos hacer estos tr??mites.
Aqu?? s??lo se atienden estos casos por parte del Consulado de Cuba para cubanos que residen permanentemente en M??xico. Lo mismo sucede con las oficinas consulares de Cuba en Canad?? o en otros pa??ses.
Las llamadas al Consulado de Cuba son muchas desde todos los Estados Unidos. Lo que m??s recomendamos es enviarles un fax a los funcionarios all?? para que ellos le respondan por la misma v??a del fax, con las respuestas a sus inquietudes o problemas.
Estos son los datos de la Oficina de Intereses de Cuba y del Consulado:
Cuban Interests Section
2639 16th St, NW
Washington, DC 20009
TEL (202) 797-8518 797-8519 797-8520
FAX (202) 797-8521
Cuban Consulate
2630 16th St, NW
Washington, DC 20009
TEL (202) 797-8609 797-8610 797-8615
FAX (202) 986-7283









