Regulaciones y Tr??mites

Regulaciones aduanales para la entrada y la salida:
La Aduana General de la Rep??blica de Cuba, constituye un ??rgano de control en la frontera y de fiscalizaci??n en la actividad vinculada al comercio exterior. Tiene la misi??n de dirigir en materia aduanera, recaudar los derechos de aduanas y dar respuesta dentro de su jurisdicci??n y competencia a los hechos que incidan en el tr??fico internacional de mercanc??as, viajeros, postal y los medios que los transportan, previniendo, detectando y enfrentando el fraude y el contrabando, as?? como contribuyendo a la protecci??n nacional e internacional del medio ambiente.

Las leyes de la Aduana General de la Rep??blica de Cuba proh??ben, entre otros, el ingreso de:
Drogas y estupefacientes.
Sustancias psicotr??picas o alucin??genos.
Sustancias precursoras.
Explosivos.
Hemoderivados.
Literatura, art??culos y objetos obscenos o pornogr??ficos o que atenten contra los intereses generales de la naci??n.
Productos de origen animal (bovinos, cerdos, ovinos, caprinos y todas las especies de ungulados) susceptibles de ser portadores de enfermedades.
Regulaciones Migratorias para Viajar a Cuba:
El visitante debe poseer un pasaporte vigente o un documento de viaje expedido a su nombre y la correspondiente visa o Tarjeta de Turista. Se except??an los pa??ses con los que Cuba mantiene convenios de libre visado. Las Tarjetas de Turista pueden solicitarse ante las representaciones consulares cubanas. Tambi??n, en las agencias de viajes y l??neas a??reas. Son de dos tipos: para turistas individuales o para turistas que viajen en grupo.

Viajes de negocios, periodismo, estancias prolongadas o de trabajo, requieren de visas especiales, por lo que debe dirigirse a los Consulados o Embajadas cubanas.

Los medicamentos, hasta los 10 kg de peso, est??n exentos del pago de los derechos de aduana, siempre que vengan separados del resto del equipaje. Cuando est??n mezclados con otros art??culos que formen parte del mismo, se valoran de conjunto y est??n sujetos al pago de los derechos y servicios de aduana. Por tal raz??n, la Aduana le recomienda traer los medicamentos separados del resto de su equipaje y de esta manera facilitar y agilizar el despacho de los art??culos que importa, disminuyendo as?? el tiempo de su permanencia en la terminal a??rea y contribuyendo a una mayor fluidez en nuestros aeropuertos.

Regulaciones Sanitarias
Desde el 1ro. de marzo de 2016 el Ministerio de Salud P??blica de Cuba establece que se debe:

Fortalecer las medidas de control sanitario internacional y vigilancia epidemiol??gica.
Realizar la declaraci??n de sanidad en los puntos de entrada a personas procedentes de pa??ses que reportan Zika, Dengue, Chikungunya y fiebre amarilla.

Tr??mites Legales Generales
Todos los ciudadanos de cualquier pa??s pueden viajar a Cuba sin ninguna restricci??n migratoria, incluyendo los norteamericanos. Se excluyen personas perseguidas por la justicia internacional vinculadas a actividades de narcotr??fico, terrorismo u otros delitos.

Para viajar a Cuba, por placer o recreo, el visitante deber?? ajustar su viaje a alg??n programa de turismo contratado con las agencias internacionales que mantengan convenio con el Ministerio del Turismo (MINTUR) cubano y presentar?? su solicitud de visa por conducto de la agencia tur??stica que contrate el viaje. Tambi??n podr?? contactar con las oficinas consulares cubanas en la embajada de su pa??s de residencia, o las representaciones de Cuba donde no existiese embajada.

Es necesario el boleto a??reo (ida y regreso); pasaporte en regla, con validez de al menos 6 meses a contar desde la fecha de entrada en el pa??s y tarjeta de turismo o visa sin la que no puede llegar a ning??n aeropuerto o puesto fronterizo de Cuba.

Otros Tr??mites y Regulaciones para Viajar a Cuba:
Servicios notariales
Pr??rroga de estancia
Tr??mites para visas y tarjetas de Turista
Sellos de entrada y salida
Inversi??n extranjera en Cuba

Preservaci??n de la Memoria Hist??rica
El DECRETO-LEY No. 265/2009 ???DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS DE LA REP??BLICA DE CUBA???, regula y proh??be la extracci??n del pa??s de los documentos que formen o deban formar parte del Fondo Estatal de Archivos, y est??n depositados en archivos, o en otros lugares destinados a su conservaci??n oficial o confiada a la custodia de un funcionario, los que pueden tener car??cter hist??rico, patrimonial y documentos institucionales. El Registro Nacional de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura, es el organismo facultado para autorizar la exportaci??n temporal o definitiva de bienes patrimoniales en frontera.

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